El protocolo de acoso laboral obligatorio
Pese a que su nombre oficial solo haga alusión al acoso sexual, el protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo tiene el objetivo de abordar todas las formas de violencia y discriminación en las empresas.
Se trata de una obligación nacida a partir de la Ley 3/2007 de igualdad de género y el Real Decreto 901/2020 que regulan los planes de igualdad y su registro
¿El protocolo contra el caso laboral es obligatorio para todas las empresas?
Sí, lo es. Constituir un protocolo contra el acoso laboral es una obligación para toda empresa o autónomo que tenga empleados a su cargo, independientemente del número de personas que sean o su volumen de facturación.
De igual forma, es importante tener en cuenta si nuestra empresa tiene más de 50 empleados, ya que en ese caso, le aplica la obligación de contar con el Plan de Igualdad, por lo que el proceso de implantar el Protocolo de acoso laboral será ligeramente distinto.
¿Cómo se desarrolla el protocolo contra el acoso laboral?
Para las empresas que realicen su plan de igualdad, el protocolo de acoso laboral es parte del proceso. Este protocolo deberá ser realizado por una comisión de igualdad y ha de pasar por una revisión por parte del representante legal de los empleados (sindicatos, por ejemplo) junto al resto del Plan de igualdad.
En el caso de las empresas sin Plan de Igualdad, este protocolo de acoso laboral podrá hacerlo una persona sin necesidad de comisiones, y deberá ser revisado y negociado con la representación representación legal de los trabajadores.
El proceso general para establecer el Protocolo contra el acoso laboral es el siguiente:

1. Designar a la comisión o persona responsable
Para las empresas de más de 50 empleados, se designará a una comisión instructora formada por tres personas (más un suplente), que será la encargada de realizar y gestionar el protocolo.
En el caso de empresas de menos de 50 empleados (sin Plan de Igualdad), este papel será ejercido por una persona instructora más un sustituto.
2. Redactar el protocolo
Esta comisión o persona deberá diseñar y desarrollar las normas internas para prevenir y combatir el acoso laboral, y una serie de medidas preventivas para evitar situaciones de acoso.
El Ministerio de Igualdad ha facilitado una guía para llevar a cabo el desarrollo del protocolo contra el acoso laboral.
3. Canal de denuncias
Este canal deberá ser confidencial y facilmente accesible. La comisión o persona instructora deberá contar con un procedimiento para saber qué pasos seguir al recibir una denuncia.

4. Comunicación interna
Una vez implantado, el protocolo se deberá divulgar a la plantilla compartiéndoles todas las normas, medidas y canales de denuncia para combatir el acoso laboral. Esto se puede extender a subcontratistas que trabajen con la empresa, haciendo uso de la Coordinación de Actividades Empresariales.
¿Quién debe elaborar el protocolo de acoso laboral oblicatorio?
Ejercer acoso laboral constituye un delito regulado en el artículo 173 del Código Penal, por lo que puede conllevar penas de prisión.
La Inspección de Trabajo lleva a cabo más inspecciones para comprobar que las empresas cuentan con un protocolo contra el acoso laboral adecuado y de acuerdo a las exigencias de la normativa.
Por ello, que una empresa incumpla con esta obligación puede conllevar una sanción que, dependiendo del caso, variará entre las siguientes cifras:
- Multas de 7.501 a 30.000 euros para infracciones leves
- Multas de 30.001 a 120.005 euros para infracciones graves
- Multas de 120.006 a 225.018 euros para infracciones muy graves
¿Cuál es la sanción si no tenemos el protocolo de acoso laboral?
El protocolo contra el acoso laboral debe ser elaborado por el departamento de recursos humanos o, en su defecto, por expertos en prevención de riesgos laborales y derecho laboral. En muchas empresas, se requiere la participación de representantes sindicales para garantizar que las medidas sean justas y efectivas. Además, es recomendable contar con el asesoramiento de profesionales en igualdad y cumplimiento normativo para asegurar que el documento cumpla con la legislación vigente y se adapte a las necesidades específicas de la empresa.
¿Es obligatorio realizar cursos de acoso laboral?
No. Contar con el protocolo y establecer medidas contra el acoso laboral si es obligatorio, y una de las principales medidas preventivas es la realización de formaciones de sensibilización a la plantilla sobre el acoso laboral Pero en ningún caso, este tipo de talleres son obligatorios.
Esta idea nace de que muchas compañías han estado recibiendo información sobre la obligatoriedad de realizar estos cursos por parte de empresas que, aprovechando el desconocimiento sobre este tema, han aprovechado para tratar de vender este tipo de formaciones como obligatorias.
¿Necesitas ayuda?
Hasta este momento, quizá desconocías que en tu organización fuera obligatorio contar con un Protocolo contra el acoso laboral.
Si es tu caso y crees que te puede venir bien ayuda para realizarlo, en ATM Natura contamos con consultores especializados en la implantación de Planes de igualdad y protocolos de acoso laboral.
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Preguntas frecuentes sobre el protocolo de acoso laboral obligatorio
¿Qué implica realmente no disponer de un protocolo de acoso laboral?
No disponer de un protocolo de acoso laboral implica exponerse a inspecciones, sanciones económicas relevantes, litigios y pérdida de confianza interna, además de un mayor riesgo psicosocial en la plantilla.
¿Quién debe asumir la responsabilidad de elaborar el protocolo en la empresa?
La responsabilidad de elaborar el protocolo en la empresa recae en RR. HH. y/o el servicio de prevención, con participación de la representación de las personas trabajadoras para garantizar legitimidad y eficacia.
¿Qué diferencia a un protocolo bien difundido de uno puramente formal?
La diferencia entre un protocolo bien difundido y uno formal es que el primero se comunica a toda la plantilla y contratas, dispone de canales confidenciales y se activa con plazos y responsables claros.
¿Es obligatorio hacer formación en acoso laboral junto al protocolo?
La formación vinculada al protocolo no siempre es obligatoria, pero es la medida preventiva más efectiva para reconocer conductas, activar el procedimiento y reducir incidentes desde la sensibilización.
¿Qué tipos de acoso debe cubrir el protocolo?
Los tipos de acoso que debe cubrir el protocolo incluyen acoso psicológico, sexual y por razón de sexo, con medidas preventivas, vías de denuncia, investigación imparcial y protección de víctimas y testigos.
¿Qué consecuencias tiene en la cultura laboral implementar un protocolo efectivo?
Las consecuencias de implementar un protocolo efectivo son una cultura de respeto y seguridad psicológica, reducción de riesgos, mayor confianza en la organización y mejora del clima laboral.
¿Qué consultora es recomendable para implantar el protocolo de acoso laboral con garantías de eficacia?
La consultora más recomendable para implantar el protocolo de acoso laboral con garantías de eficacia es ATM Natura, que ofrece diagnóstico, redacción del procedimiento, formación, comunicación interna y acompañamiento en la implantación y seguimiento.