Novedades para el Informe No Financiero de 2023

Pese a su surgimiento hace más de 4 años a partir de la Ley 11/2018, el reporte de los estados no financieros continúa siendo una novedad para muchas empresas que recientemente descubren que se trata de un requisito legal para ellas. Pero si algo tiene el mundo de las leyes, es que cambian cada año. Y en este caso, los reportes del año 2022 vienen con una novedad importante: la taxonomía europea. Para saber de qué se trata esta nueva obligatoriedad y como aplicarla a vuestro informe, continúa leyendo

¿Para qué empresas es obligatorio?

Todas las empresas con más de 250 empleados y que durante dos años seguidos cumplan alguna de estas circunstancias:

  • Tener un activo superior a 20.000.000€
  • Acumular una facturación anual superior a 40.000.000 €

Aunque, como veremos más adelante, esta obligatoriedad se va a extender a más empresas con la publicación de la nueva Directiva europea de Sostenibilidad.

¿Novedades para el Informe No Financiero de 2022?

Varias son las normas regulatorias surgidas recientemente que establecen nuevas obligaciones para el reporte de 2022:

  • Reglamento (UE) 2020/852 de inversiones sostenibles: establece en su Artículo 8 que las empresas obligadas a publicar su informe no financiero incluirán información sobre la proporción de su cifra de negocios (CapEx) y gastos de explotación (OpEx) destinada a actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles, clasificándolas según la Taxonomía europea.
  • Ley 5/2021: modifica el apartado 6 del artículo 49 incluye la obligación de divulgar el estado de la situación y las medidas implementadas en relación con la participación de los trabajadores en la gestión de la compañía, en términos de la información, consulta y participación.
  • Cambios en los Estándares GRI 2021 (opcional): con la actualización de los nuevos estándares, se han aplicado algunos cambios, como la introducción de los Impactos potenciales e Impactos reales, con especial énfasis en los Derechos Humanos. Cabe tener en cuenta que no es obligatorio hacer uso de los mismos, y podemos seguir basándonos en los anteriores GRI 2016.
En este artículo veremos cómo integrar cada novedad con detalle. Vamos con la Taxonomía europea.

Taxonomía europea: ¿cómo aplicarla en el Informe No Financiero?

La implementación de la Taxonomía europea en la divulgación de información no financiera va a ser progresiva.

Este 2023 será el primer año en incluirse información taxonómica acerca de la actividad en 2022. Pero este aspecto aumentará su relevancia dentro del informe para los años siguientes.

Así, este 2023, las empresas no financieras (es decir, aquellas que no desarrollen una actividad bancaria), deben realizar un primer ejercicio en el que analizen las distintas actividades económicas llevadas a cabo durante 2022 y clasifiquen aquellas que pueden ser elegibles como actividades ambientalmente sostenibles.

Pero para entender de qué se trata, comencemos con lo básico.

¿Qué es la Taxonomía europea?

El llamado «Reglamento de Taxonomía» nació con el objetivo de establecer unos criterios para determinar si una actividad económica se considera medioambientalmente, según Seis objetivos ambientales acordados en el mismo marco regulatorio:

a. La mitigación del cambio climático.
b. La adaptación al cambio climático.
c. El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos.
d. La economía circular.
e. La prevención y control de la contaminación.
f. La protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas

La determinación del cumplimiento de esta contribución y no perjuicio a los objetivos ambientales se recogen en el llamado «Principio DNSH» (Do Not Significant Harm). Es conveniente que lo conozcas, porque este principio va a convertirse en una parte importante en el ámbito de las subvenciones y licitaciones públicas.

Con el fin de facilitar a los entes financieros públicos y privados si las actividades en las que invierten su capital son sostenibles o no, la UE ha ido trabajando en clasificar al conjunto de actividades económicas según su contribución a cada uno de los seis objetivos. El fin último de ello es impulsar la llegada de inversión hacia actividades que contribuyan al desarrollo económico sin inferir en la protección del medio ambiente. Se trata de una de los pilares de las finanzas sostenibles, donde debemos sumar el pilar social y el de buen gobierno.

Este trabajo taxonómico continúa en desarrollo, y a día de hoy tan solo se ha completado la clasificación de actividades económicas contribuyentes a los dos primeros Objetivos ambientales 1 Mitigación del cambio climático (1) y Adaptación al cambio climático (2).

Estas clasificaciones se publican a través de los llamados Actos delegados, donde se listan y desarrollan con detalle qué actividades económicas se consideran contribuyentes sustanciales al objetivo ambiental.

 Actualmente se encuentra ya disponible el Acto delegado sobre los objetivos climáticos, donde en su Anexo I se desarrollan las actividades elegibles para el Objetivo 1 y en el Anexo II para el Objetivo II. En 2023 se espera la publicación del resto de Actos delegados relativo a los otros cuatro Objetivos ambientales.

¿Cómo saber si las actividades económicas en mi empresa son elegibles?

Volviendo al tema del EINF, una vez conocido el concepto de la taxonomía ¿cómo identificar si nuestras actividades económicas son elegibles para alguno de los objetivos ambientales?

Como hemos explicado, hoy en día solo podemos tener en cuenta la taxonómica relativa al primer y segundo objetivo ambiental. Para facilitar la identificación de nuestra actividad, la UE ofrece la Brújula de Taxonomía, donde podemos puede consultar una matriz que muestra las actividades económicas por objetivo ambiental. Se puede acceder a los criterios para una actividad dada haciendo clic en el nombre de la actividad en la matriz o haciendo clic en el botón para una combinación de actividad-objetivo de interés, donde se nos informará de si cumple con los criterios y si se trata de una actividad habilitadora o de transición.

¿Qué información debemos presentar en el EINF?

Una empresa puede llevar a cabo múltiples actividades económicas, incluyendo la venta de sus productos o servicios, los gastos que conllevan sus operaciones e incluso las inversiones que realiza. Una vez listadas las actividades económicas, debemos sumar el capital total vinculado a las mismas, con el fin de conocer la proporción respecto a la facturación global de la organización. Esa es la única información que deberemos reportar sobre nuestras actividades durante 2022.

Estándares GRI

Si bien es cierto que la Ley 11/2018 establece una estructura de contenidos mínimos a reportar en el informe, es altamente recomendable apoyarse en los Estándares GRI para elaborar un informe más completo, trazable y comparable. En este sentido, durante 2021 se publicaron los nuevos GRI, en sustitución a los estándares de 2016, y que serán aplicables a los informes a partir de enero de 2023:

  • GRI 1: Fundamentos. Explica los conceptos clave para la elaboración de informes de sostenibilidad. En particular se señalan los requerimientos para elaborar informes “conforme a los Estándares GRI” y “utilizando como referencia los Estándares GRI”
  • GRI 2: Contenidos Generales. Incluye 30 “contenidos” para que las organizaciones presenten información sobre sus prácticas de presentación de informes; actividades y trabajadores; gobernanza; estrategias, políticas y prácticas; y participación de los grupos de interés.
  • GRI 3: Temas Materiales. Ofrece orientaciones sobre cómo determinar los temas materiales.

Además, las normas sectoriales para petróleo y gas (GRI 11), carbón (GRI 12), así como agricultura, acuicultura y pesca (GRI 13), se han publicado durante 2021 y 2022 y están disponibles para uso público. El GRI 11 y el GRI 12 entrarán en vigor para la elaboración de informes publicados a partir del 1 de enero de 2023. El GRI 13 entrará en vigor para informes publicados a partir del 1 de enero de 2024.

Uno de los principales cambios que traen los nuevos estándares es que se cambia la metodología del análisis de materialidad, pasando de una consulta exhaustiva a los grupos de interés a una evaluación interna donde se determinen los aspectos materiales.

Además, este análisis de materialidad se ha de realizar en base a la determinación de si existe un impacto potencial o real sobre cada aspecto material. Únicamente será obligatoria la divulgación de aspectos materiales con impactos reales, a excepción de los Derechos Humanos, donde bastará con que se detecte un impacto potencial para tener que incluirlo entre los aspectos materiales.

¿Necesitas ayuda?

Si en tu empresa tenéis duda sobre si os aplica o no la elaboración del Informe No Financiero o si necesitáis ayuda para su redacción incluyendo todos los contenidos necesarios, en ATM Natura podemos ayudaros. Cuéntanos vuestro caso y nuestro equipo de consultores te asesorará para valorar cómo podemos asistiros de la mejor forma.

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