Novedades de la Ley de Evaluación Ambiental
Si tienes entre tus próximos planes realizar algún tipo de obra en un edificio o terreno, conviene que revises el Proyecto de Real Decreto que está en trámite y aumentará la cantidad de proyectos que deberán realizar una Evaluación de Impacto Ambiental para iniciar alguna obra de construcción.
Este nuevo Real Decreto modificará los actuales Anexos I y II de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, donde se enumeran los proyectos obligados a realizar una evaluación de impacto ambiental, y donde se propone incluir más proyectos para asegurar que cualquier obra con incidencia ambiental pase por este proceso previamente.
A continuación te explicamos las novedades que traerá este nuevo Real Decreto
¿De qué se trata la Ley de Evaluación Ambiental?
La Ley 21/2013 de Evaluación ambiental se encarga de establecer un marco normativo adecuado para que cualquier plan o proyecto de obra y construcción que vaya a tener una incidencia ambiental pase por un estudio previo donde se analice su impacto previsto sobre el medio ambiente con el fin de establecer si es viable o no iniciar el proyecto, así como las medidas necesarias para mitigar su impacto ambiental.
Novedades del nuevo Proyecto de Real Decreto
La gran mayoría de cambios de este Real Decreto se verán reflejados en el Anexo II de la Ley 21/2013 donde se enumeran los proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, concentra la mayor parte de las novedades de este Real Decreto.
Con esta nueva ley se propone cambiar los umbrales actuales por los de la Directiva europea (más restrictivas) , o por los umbrales de la normativa sectorial de cada Comunidad Autónoma, dejando a su elección las características mínimas a cumplir para realizar una evaluación de impacto ambiental dentro de su territorio.
Además de eso, se crean 2 criterios para establecer si los proyectos que están por debajo de los umbrales legales pero que vayan a desarrollarse en zonas de especial sensibilidad ambiental, deben de realizar o no dicha evaluación ambiental.
- Proyectos en espacios protegidos (Red Natura 2000, humedales Ramsar, Reservas de la Biosfera de la UNESCO, etc). No se incluyen los proyectos que, de acuerdo con la normativa reguladora del espacio estén en él expresamente permitidos.
- Proyectos solapados con elementos de infraestructura verde (corredores ecológicos, áreas críticas de conservación de especies amenazadas, etc)
Este Real decreto nace por las distintas infracciones que la Comisión Europea ha estado dirigiendo a España por no actualizar sus Anexos I y II y establecer umbrales adecuados para determinar qué proyectos han de ser sometidos a evaluación ambiental.
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