Resumen de la nueva Ley de Residuos y Suelos contaminados de 2022

En España hoy en día más del 50% de los residuos generados finalizan en un vertedero. Con el fin de invertir la situación y priorizar la prevención, la reutilización y el reciclado de los residuos, hoy, tras años de desarrollo, se publica en el BOE la Ley 7/2022 de 8 de abril, de Residuos y Suelos contaminados.

Esta ley recoge por primera vez en la legislación española limitaciones a los plásticos de un solo uso, nuevos impuestos al uso del plástico y los vertederos, y un aumento en la responsabilidad de los productores de residuos.

En este artículo resumimos por partes las medidas más importantes que incorporará esta ley y que de una forma u otra, nos afectarán a consumidores y organizaciones.

 

1. Fin de condición de residuo

Se aligera la legislación para la reutilización de residuos y subproductos como nuevos productos, ya que las CC.AA. podrán aprobar la reutilización de un residuo o subproducto siempre que ese material no salga de su territorio (actualmente esta aprobación es a nivel nacional y suele tardar años).

En otras palabras, cuando un productor encuentre una forma de tratar un residuo suyo para volver a comercializarlo, serán las Comunidades autónomas quienes aprueben este fin de condición de residuo y permitan su reintroducción en el mercado, siempre y cuando se vuelva a reutilizar en la propia comunidad autónoma. Esto facilitará la reducción de residuos industriales en pro de su reaprovechamiento.

 

2. Prevención de la generación de residuos

Se establecen nuevos objetivos para evitar la generación de nuevos residuos:

  • Una reducción del peso de los residuos producidos de un 13% en 2025 y de un 15% en 2030, en comparación al peso de residuos generados en 2010
  • En 2026 se deberá haber reducido un 50% la comercialización en peso de los plásticos de un solo uso respecto a 2022 y en 2030, un 70%.

Para alcanzar estas metas, se ejecutan medidas como las siguientes:

  • Se prohíbe la destrucción de los excedentes de los productos no perecederos no vendidos, tales como textiles o juguetes, salvo que otra normativa lo indique así
  • Agua gratuita: para reducir el consumo de envases, en los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita.
  • Los productores de residuos peligrosos deberán informar de los resultados de los Planes de Minimización cada 3 años en vez de cada 4.
  • Se realizará un inventario de los productos que constituyen las principales fuentes de basura dispersa para adoptar las medidas concretas adecuadas hacia ellos para prevenir y reducir la basura dispersa procedente de esos productos
 

3. Desperdicio alimentario

Esta ley propone un ambicioso objetivo para abordar la problemática del desperdicio de comida:

  • Una reducción del 50% de los residuos alimentarios per cápita en la venta minorista  y una reducción del 20% a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030, respecto a 2020.

 Para ello, establece medidas como las siguientes:

  • Potenciará la donación de alimentos para evitar su llegada a los vertederos, para lo cual prevee facilitar los trámites y reducir la responsabilidad del donante sobre las mercancías aportadas.
  • Las empresas fabricantes y distribuidoras de alimentos deberán priorizar la donación o redistribución de alimentos para consumo humano, frente a la alimentación animal o, en última instancia, ya como residuos, a la obtención de compost y digerido para su uso en agricultura.
 

4. Reducción de plásticos de un solo uso

Uno de las grandes novedades de la ley es su Título 5 de Reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente. En él, se limita el uso de varios productos específicos considerados dañinos por la ley.

Antes de 2026 se deberán reducir en un 50% la comercialización de los siguientes plásticos:

  • Vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones.
  • Recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos que están destinados al consumo inmediato en el propio recipiente.

Queda prohibida la venta de los siguientes productos:

  • Bastoncillos de algodón, excepto si entran en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.
  • Cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos).
  • Platos.
  • Pajitas, excepto si entran en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre.
  • Agitadores de bebidas.
  • Palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos, con excepción de los globos para usos y aplicaciones industriales
  • Recipientes para alimentos de consumo inmediato hechos de poliestireno expandido.
  • Cualquier producto de plástico oxodegradable.
A partir del enero del 2023, se prohíbe la distribución gratuita de plásticos, debiéndose cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico que se entregue al consumidor, diferenciándolo en el ticket de venta (por ejemplo en una botella, se deben diferenciar en el ticket el precio del vaso y el del tapón).

A partir de 2024 los recipientes de bebida que tengan tapones de plástico deberán mantener dichos tapones unidos al recipiente durante la fase de utilización de dicho producto.
 

A partir de 2025 solo se podrán vender botellas PET con un 25% de plástico reciclado

Finalmente, los productos de plástico deberán indicar de forma visible a los consumidores sobre las opciones adecuadas para eliminar los residuos del producto; y sobre el impacto ambiental negativo derivado de abandonar los residuos en el medio ambiente.

5. Impuesto a envases de plástico no reutilizable y depósito en vertederos

Se aplica un nuevo impuesto de 0,45€ por kilo de plástico.

También se introduce un impuesto por el depósito de los residuos municipales en vertederos o plantas de incineración. Para el depósito en vertederos se prevé una cuantía de 40€ por tonelada de residuos municipales. Para otros tipos de residuos se aplicarán tasas diferentes. 

Algunas comunidades autónomas ya aplicaban este segundo impuesto, pero otras no, lo que ha estado generando un problema conocido como “turismo de residuos”, donde un gestor de residuos deposita los desechos que recibe en una comunidad autónoma distinta en la que el canon de vertido es menor o inexistente.

6. Responsabilidad delegada

En esta ley se amplía la Responsabilidad delegada del productor en la gestión de sus residuos. Esta responsabilidad hace referencia a la relación existente entre un productor y un gestor de residuos, y no se debe confundir con la Responsabilidad ampliada del productor (RAP), que tiene que ver con la gestión de sus residuos que, una vez usados por un consumidor, son manejados por un sistema de gestión como Ecoembes.

La nueva ley establece que la responsabilidad del productor sobre sus residuos no terminará cuando dichos desechos llegan al gestor de residuos, sino cuando se ha completado el tratamiento.

Además, se exige una mayor trazabilidad a los gestores para poder decir en todo momento al productor donde está el residuo. Incluso se plantea en la ley la certificación del tratamiento final de los residuos una vez se ha completado, para informar al productor de que su responsabilidad ha terminado.

Por otra parte, se obliga al productor a suministrar al gestor de residuos la información necesaria para el adecuado tratamiento de los residuos entregados, identificando y determinando las características de peligrosidad. De esta forma, los gestores saben bien qué están tratando para evitar accidentes (reacciones químicas no esperadas, explosiones, etc).

7. SDDR

Esta ley abre la puerta a la puesta en marcha del Sistema de Devolución y Depósito de Residuos (SDDR). La manera en que se establece consiste en que si no se cumplen los objetivos comunitarios fijados de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso para los años 2023 y 2027, 70% y 85% respectivamente, se deberá implantar un sistema de depósito, devolución y retorno en el plazo de dos años, pudiendo quedar afectados otros envases además de las botellas de plástico.

Otras novedades de la Ley de residuos y suelos contaminados

Nuevas infracciones contra el abandono de residuos y la gestión deficiente de los residuos peligrosos (especialmente el mezclado incontrolado

Amianto. Se obligará a los ayuntamientos a desarrollar un inventario de instalaciones y emplazamientos con amianto y se establecerá un calendario para su retirada.

Bisfenol A. se prohíbe la utilización de ftalatos y bisfenol A en envases.

Venta a granel: se establecen las bases para que los supermercados de más de 400m tengan que dedicar al menos un 20% de su superficie a vender productos sin embalar, además de aceptar el uso de recipientes reutilizables para alimentos frescos y cocinados y para las bebidas.

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